La Corte Interamericana de Derechos Humanos no es "... una instancia "revisora" o "casatoria" de decisiones jurisdiccionales estatales, categoría que excede el carácter coadyuvante y complementario de la jurisdicción internacional, atributos que se desprenden del Preámbulo de la CADH (conf. arg. Corte IDH, caso "Perozo y otros v. Venezuela", sentencia de 28 de enero de 2009, párrafo. 64; Corte IDH, caso "Genie Lacayo", sentencia del 29 de enero de 1997, párrafo 94).".

Considerando 7, Fallos: 340:47