"... es necesario recordar que los espacios de decisión del político y del juez son distintos. El político -constituyente, legislador o administrador- tiene un amplio abanico de posibilidades para decidir conforme a un marco normativo general (que en ocasiones él mismo puede modificar), a su ideología y a su prudencia; el juez debe hacerlo dentro del estrecho límite de la Constitución y las normas dictadas en su consecuencia.
Es tarea del político modificar las normas que puedan generar disconformidad en la sociedad, y es tarea del juez distinguir entre disconformidad e inconstitucionalidad; la primera es una sensación prudencial, típica de todo ser humano; la segunda es una comprobación técnica, confiada en nuestro sistema a un especialista. Dicho de otro modo: incluso si estuviéramos convencidos de la extrema insensatez de una medida, tal creencia no sería una prueba de su inconstitucionalidad ("even were we convinced of the folly of such a measure, such belief would be no proof of its unconstitutionality". Juez Félix Frankfurter, Suprema Corte de Estados Unidos de América, Minersville School District v. Gobitis, 310 U.S. 586 (1940), p. 598). Si el juez intentara suplir al político, proyectando su forma de pensar (en suma, su disconformidad con una decisión política) en descalificación jurídica, estaría excediendo su competencia y violentando la división de poderes".

Considerando 14, caso CSJ 4851/2015/RH1 "Unión Cívica de la Provincia de Santa Cruz y otros c/ Estado de la Provincia de Santa Cruz s/ amparo" fallado el 11 de diciembre del 2018.
"Que esta Corte ha destacado desde antiguo que la misión más delicada del Poder Judicial es la de mantenerse dentro del ámbito de su jurisdicción, sin menoscabar las funciones que incumben a los otros poderes ni suplir las decisiones que aquellos deben adoptar (Fallos: 155:248; 272:231; 311:2553; 328:3573; 338:488; 339:1077, entre muchos otros). Recordando una cita célebre, podría reafirmarse en el sub-examen la conveniencia de que el debate sobre lo sabio de lo resuelto por la autoridad legislativa sea realizado ante la opinión pública y las asambleas legislativas, en lugar de transferir dicho concurso a la arena judicial ("To fight out the wise use of legislative authority in the forum of public opinion and before legislative assemblies, rather than to transfer such a contest to the judicial arena, serves to vindicate the self-confidence of a free people". Juez Félix Frankfurter, Suprema Corte de Estados Unidos de América, Minersville School District v. Gobitis, 310 U.S. 586 (1940), p. 600)".

Considerando 15, caso CSJ 4851/2015/RH1 "Unión Cívica de la Provincia de Santa Cruz y otros c/ Estado de la Provincia de Santa Cruz s/ amparo" fallado el 11 de diciembre del 2018.